PLANO VISADO PARA REGISTRO DE VIVIENDAS TURÍSTICAS

Si tienes una vivienda o un apartamento libre y estás planteándote la idea de alquilarla (vivienda turística) a través de plataformas como Airbnb, Homeaway, Booking ó Windu para conseguir algún ingreso extra a fin de mes, en INTENSO te asesoramos en todo el proceso para que sea lo más rápido y fácil posible.

Si quieres información sobre tarifas o un asesoramiento personalizado, rellena el cuestionario inferior o contacta con nosotros directamente. Aquí te vamos a contar brevemente todo el proceso.

¿QUIÉN PUEDE HACERLO?

Según el artículo 2.2 del Decreto 79/2014, tienen la consideración de viviendas de uso turístico aquellos pisos, apartamentos o casas que, amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, son comercializados y promocionados en canales de oferta turística, para ser cedidos en su totalidad, por su propietario a terceros, con fines de alojamiento turístico y a cambio de un precio.

Éstos tienen que contar con las instalaciones, equipamientos y servicios mínimos en condiciones de ocupación inmediata y pueden encontrarse en la totalidad de un edificio, o en una parte independiente del mismo con acceso y escaleras de uso exclusivo.

¿CÓMO REGISTRO MI VIVIENDA TURÍSTICA?

Con la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos 4/2013, cada comunidad autónoma posee un registro en el cual debemos inscribir nuestra vivienda o apartamento para fines turísticos o vacacionales.

En la Comunidad de Madrid en concreto, para poder alquilar tu vivienda tienes que presentar previamente una Declaración Responsable de Viviendas de Uso Turístico, que acredita que tu establecimiento cumple los requisitos mínimos necesarios para ofrecer una experiencia satisfactoria y que conoces las obligaciones correspondientes a las empresas turísticas contenidas en el artículo 12 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo.

Si el apartamento que quieres registrar como vivienda turística se encuentra en cualquier otra comunidad, consúltanos sin compromiso utilizando el formulario inferior y te asesoramos.

Ésta declaración debe incluir la siguiente documentación:

– Documento de solicitud. Disponible en la web del Ayuntamiento de Madrid, en la sección de Gestión.
– Escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
– Documento que acredite la disponibilidad del inmueble (Escritura de Compra-Venta, Contrato de Arrendamiento o de cesión, u otros).
– DNI o Pasaporte del Declarante.
– NIF/NIE
Plano de la vivienda firmado por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente.

Uno de los documentos necesarios es este último plano de tu vivienda. Para esto, visitamos tu vivienda para medirla, posteriormente lo enviamos al COAM para visarlo y puedas tener lo antes posible tu vivienda lista para alquilar. 

Si quieres recibir más información acerca de  nuestras tarifas, no dudes en contactar con nosotros.

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